(No hay vídeos ni enlaces externos, la información es demasiado técnica no está resumida y puesta en un lenguaje adecuado, apenas habláis de la tragedia en sí, no habláis de las inundaciones o riadas en general). Nota: 3. INUNDACIONES: CAMPING DE BIESCA (1996) INTRODUCCIÓN :
- La riada del camping de Biescas ocurrió el 7 de agosto de 1996 como consecuencia de una riada sufrida en el camping de Las Nieves en esta tragedia murieron 87 personas y 183 resultaron heridas.
- El camping estaba situado sobre el cono de deyección del Torrente de Arás justo antes de su desembocadura en el río Gállego. LA PRIMERA RESTAURACIÓN HIDROLÓGICA FORESTAL:
La cuenca vertiente y el cauce del torrente de Arás habían sido objeto de una ejemplar restauración Hidrológico-Forestal.
-Los trabajos consistieron fundamentalmente en repoblaciones forestales en las laderas combinadas con ingeniosas técnicas de retención de suelos frente a la erosión y en la construcción de diques de retención de sedimentos de mampostería hidráulica en los cauces Nuevo encauzamiento
. Antiguo encauzamiento Suceso:
Suponiendo erróneamente que esta Restauración Hidrológico-Forestal y el pequeño encauzamiento escalonado existente en el cono de deyección garantizaban la seguridad, se autorizó la construcción del camping en el cono de deyección del torrente.
Según se publicó en algunos medios, la tragedia fue agravada o causada por el embalsamiento producido por la acumulación de troncos y ramas en el puente de la carretera de Yosa de Sobremonte sobre el Torrente de Arás. Esta información es errónea, ya que:
1- El puente se sitúa en el Torrente de Arás aguas arriba de la desembocadura del Barranco de Betés, que fue el que aportó los mayores caudales.
2- La ridícula capacidad de embalsamiento del puente es despreciable frente a los caudales que circularon y las proporciones de la riada.
3- El efecto del embalsamiento pudo suponer, en todo caso, un retardo de la onda de avenida, y por tanto una contribución a su laminación. Si bien, como se ha señalado, por su ubicación y escasas proporciones los efectos fueron prácticamente despreciables frente a la riada que se produjo. La sentencia:
A finales del 2005 la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional responsabilizó al Estado y a la Diputación General de Aragón como responsables de la tragedia, condenados a indemnizar con 11.265.987 euros a las víctimas del Camping "Las Nieves".
La segunda Restauración Hidrológico-Forestal del torrente: Tras la tragedia se destinaron grandes sumas a una nueva Restauración Hidrológico-Forestal del Torrente de Arás. La necesidad y oportunidad de esta actuación resulta más que dudosa, ya que las laderas estaban estabilizadas y la cubierta forestal estaba excelentemente recuperada tras la primera restauración y no había sufrido daños con la tormenta.
INUNDACIONES: CAMPING DE BIESCA (1996)
INTRODUCCIÓN :
- La riada del camping de Biescas ocurrió el 7 de agosto de 1996 como consecuencia de una riada sufrida en el camping de Las Nieves en esta tragedia murieron 87
personas y 183 resultaron heridas.
- El camping estaba situado sobre el cono de deyección del Torrente de Arás justo antes de su desembocadura en el río Gállego.
LA PRIMERA RESTAURACIÓN HIDROLÓGICA FORESTAL:
La cuenca vertiente y el cauce del torrente de Arás habían sido objeto de una ejemplar restauración Hidrológico-Forestal.
-Los trabajos consistieron fundamentalmente en repoblaciones forestales en las laderas combinadas con ingeniosas técnicas de retención de suelos frente a la erosión y en la construcción de diques de retención de sedimentos de mampostería hidráulica en los cauces
Nuevo encauzamiento
.
Antiguo encauzamiento
Suceso:
Suponiendo erróneamente que esta Restauración Hidrológico-Forestal y el pequeño encauzamiento escalonado existente en el cono de deyección garantizaban la seguridad, se autorizó la construcción del camping en el cono de deyección del torrente.
Según se publicó en algunos medios, la tragedia fue agravada o causada por el embalsamiento producido por la acumulación de troncos y ramas en el puente de la carretera de Yosa de Sobremonte sobre el Torrente de Arás. Esta información es errónea, ya que:
1- El puente se sitúa en el Torrente de Arás aguas arriba de la desembocadura del Barranco de Betés, que fue el que aportó los mayores caudales.
2- La ridícula capacidad de embalsamiento del puente es despreciable frente a los caudales que circularon y las proporciones de la riada.
3- El efecto del embalsamiento pudo suponer, en todo caso, un retardo de la onda de avenida, y por tanto una contribución a su laminación. Si bien, como se ha señalado, por su ubicación y escasas proporciones los efectos fueron prácticamente despreciables frente a la riada que se produjo.
La sentencia:
A finales del 2005 la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional responsabilizó al Estado y a la Diputación General de Aragón como responsables de la tragedia, condenados a indemnizar con 11.265.987 euros a las víctimas del Camping "Las Nieves".
La segunda Restauración Hidrológico-Forestal del torrente:
Tras la tragedia se destinaron grandes sumas a una nueva Restauración Hidrológico-Forestal del Torrente de Arás. La necesidad y oportunidad de esta actuación resulta más que dudosa, ya que las laderas estaban estabilizadas y la cubierta forestal estaba excelentemente recuperada tras la primera restauración y no había sufrido daños con la tormenta.